Millones de personas se trasladan por territorio de la Unión Europea cada día, sin embargo sólo un pequeña porción conocen sus Derechos como Viajeros. Muchos, ni siquiera saben que existen tales derechos y que están respaldados por un Reglamento de la Unión Europea.
Recientemente, estos Derechos de los Viajeros se han ampliado a aquellos que utilizan el autobús o autocar para moverse dentro de los límites de la UE. A partir de ahora, los pasajeros de empresas de transporte terrestre tienen derecho a exigir asistencia y compensaciones en determinadas circunstancias, tal como ocurre hasta ahora con los pasajeros de avión, tren o barco.
El Reglamento (UE) No 181/2011 del Parlamento Europeo establece los derechos y circunstancias que protegen a los pasajeros dentro del territorio de la UE. A partir de ahora, los 70 millones de viajeros que utilizan autobuses o autocares para traslados de larga distancia (mas d 250 kilómetros) están incluídos en este Reglamento.
Para mayor difusión, las autoridades de la Unión Europea han abierto un
canal de contacto vía internet para resolver dudas y ha presentado una aplicación para móviles en 22 idiomas, que incluye todos los medios de transporte. La aplicación explica al pasajero sus derechos e informa de cómo proceder si desea formular una reclamación.
Se puede descargar gratuitamente desde este código QR.
Recordemos cuáles son los derechos de los viajeros en la Unión Europea, de acuerdo al Reglamento (UE) No 181/2011 del Parlamento Europeo
Derecho a la no discriminación en el acceso al transporte: Todos los pasajeros tienen los mismos derechos y están protegidos frente a la discriminación por razones de nacionalidad, lugar de residencia o discapacidad.
Derecho a una movilidad accesible y asistencia sin costes adicionales para los pasajeros discapacitados y con movilidad reducida (PMR). Los pasajeros tienen el derecho de asistencia gratuita cuando viajen en cualquier medio de transporte para permitirles disfrutar de las mismas posibilidades que otros ciudadanos.
Derecho a la información antes de la compra y en las diferentes fases del viaje, sobre todo en caso de que haya interrupción de servicios.
Los pasajeros tienen que ser informados correctamente del precio de su billete, de sus derechos como pasajero y de las características del viaje, de manera adecuada y accesible, antes y durante el viaje.
Derecho a renunciar al viaje y obtener un reembolso en el caso de que haya interrupción de servicios. Reembolso del precio del billete completo en caso de exceso de reservas (overbooking), cancelación o retraso considerable.
Derecho a un nuevo billete o a un recorrido alternativo en caso de que haya interrupción de servicios. En caso de exceso de reservas (overbooking), cancelación o retraso considerable, los pasajeros tienen derecho a recibir un servicio alternativo de transporte, lo antes posible, o de cambiar el billete según les convenga mejor. La elección debe ser ofrecida por la compañía de transportes de una manera clara y sin lugar a equívocos.
Derecho a recibir asistencia en caso de un retraso largo en la salida o en un transbordo. Los pasajeros en espera tienen el derecho a recibir asistencia adecuada (aperitivos, comidas o refrigerios, así como, en caso necesario, alojamiento), en caso de cancelación o retraso considerable, en las mismas estaciones o terminales y abordo, hasta que su viaje comience o se retome.
Derecho a una compensación económica. En caso de retrasos largos o de cancelaciones del viaje, y siempre que no se permita el embarque al vuelo, los pasajeros están autorizados a una compensación económica estándar. La compensación varía en función del tiempo perdido y la distancia del viaje y/o el precio del billete dependiendo de la situación.
Derecho a que la empresa de transporte se responsabilice de los pasajeros y del equipaje. Las empresas de transporte son responsables en caso de fallecimiento, lesiones, pérdida o daños del equipaje, y en algunos casos de retraso en el viaje. Los pasajeros tienen derecho a una compensación en función del daño que recibieron, que puede estar limitada por la ley pertinente.
Derecho a un mecanismo rápido de tramitación de reclamaciones. Los pasajeros tienen derecho a formular una reclamación a la compañía de transporte si no se encuentran satisfechos con el servicio. En caso de que, tras un periodo de tiempo determinado, la compañía no conteste, o el pasajero no esté satisfecho con la respuesta, éste tiene derecho a elevar una queja a la autoridad nacional competente, que debe atenderla dentro de un periodo razonable.
Derecho a la aplicación integral y efectiva de los derechos de los pasajeros de la UE . Los pasajeros tienen derecho a contar con organismos independientes en cada Estado miembro responsables de aplicar el Reglamento y, cuando proceda, imponer sanciones.
Foto | astadiego
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