Viajar al Reino Unido tras el Brexit: todo lo que debes saber a partir de ahora
Miles de vicisitudes y luchas internas, votaciones y "al fin" se produjo la salida de los súbditos de su Graciosa Majestad de la Unión Europea. Llegó la pandemia y se fueron ralentizando algunas cosas hasta que ya están fuera del todo, así que vamos a lo que nos interesa en Diario del Viajero y explicar un poco cómo será viajar al Reino Unido tras el Brexit, intentando aclarar todo lo que debes saber a partir de ahora.
En estos momentos además hay que tener en cuenta que se ido relajando los requisitos relativos a la entrada en el país por el Covid-19, así que puede que empecemos a plantearnos hacer una visita al Reino Unido de nuevo. Desde el 1 de octubre de 2021 cambian algunas cosas, así que vamos a hacer un repaso.
¿Necesitaré visado a partir de ahora ?
Esa es una de las grandes preguntas que nos asaltaba. Como ciudadanos de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza, vamos a poder seguir viajando al Reino Unido de vacaciones o para estancias cortas, sin necesitar un visado, pero sí que es cierto que pasamos a necesitar un pasaporte en vigor, que necesitará tener validez durante toda tu estancia en el país. Y esto entra en vigor el 1 de octubre de 2021.
El DNI sólo servirá para entrar en unos casos determinados:
- si se te ha ortorgado un permiso de residencia indefinido bajo el estatus de asentado (settled status) o temporal, estatus de pre-asentado ( pre-settled status), en base al Sistema de Asentamiento (EU Settlement Scheme).
- si se te ha otorgado un permiso bajo el Sistema de Asentamiento para Familias (EU Settlement Scheme family permit)
- si tienes permiso como trabajador fronterizo
- si tienes autorización para recibir tratamiento médico (S2 Healthcare visitor)
- si eres un proveedor suizo de servicios
En estos casos podrás continuar utilizando tu DNI hasta el 31 de diciembre de 2025. No obstante puedes informarte en este enlace sobre cómo hacer la solicitud para obtener un visado para entrar en el Reino Unido.
Y si tú eres nacional de otro país diferente a los que nos referimos más arriba, lo mejor es que hagas aquí la consulta.
¿Tengo límite de estancia?
Desde el 1 de enero de 2021, el Reino Unido hay en vigor un sistema migratorio por puntos. Según esto, si eres ciudadano de la UE, el EEE o Suiza, puedes seguir viajando al Reino Unido de vacaciones o estancias cortas sin visado y en la mayoría de los casos puedes permanecer hasta un máximo de 6 meses, en los que podrás realizar una amplia gama de actividades, incluidas actividades de negocios como asistir a reuniones, eventos y conferencias.
En el caso de que el viaje a Reino Unido es por negocios, deberás comprobar si necesitas un visado antes de realizar el viaje. Podéis comprobarlo en este enlace.
La asistencia sanitaria sigue garantizada
Si vamos de visita al Reino Unido desde un país de la UE y tenemos la mala suerte de ponernos enfermos, o tenemos una emergencia médica, durante tu estancia temporal en Inglaterra, todavía se puede seguir utilizando la tarjeta sanitaria europea (TSE). La TSE no es una alternativa al seguro de viaje, que las autoridades británicas recomiendan que se haga para poder reclamar cualquier gasto que se haya podido pagar por asistencia sanitaria.
Tenéis más info en el sitio web del Gobierno y también hay que revisar las posibles diferencias que puedan existir para un viaje a Escocia, Gales e Irlanda del Norte.
Y esto es más o menos todo, aunque seguiremos atentos a todo lo que pueda ir cambiando, sobre todo de aquí a 2025. Por supuesto lo que sí que tenemos que tener muy en cuenta son las posibles restricciones por el Covid-19
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